CONSIDERACIONES GENERALES

1. Los huertos de ocio son parcelas de 25 metros cuadrados de iniciativa privada, destinados al cultivo de agricultura ecológica.

2. Los productos obtenidos deberán destinarse única y exclusivamente al autoconsumo familiar quedando expresamente prohibida su venta.

3. El uso de los huertos será exclusivamente el cultivo agrícola de hortalizas, flores y frutas, y la producción de plantas ornamentales, hortícolas y forestales, quedando expresamente prohibida cualquier otra actividad.


La instalación de casetas de prefabricadas portatiles, tiendas de campaña, pérgolas, etc… solo se podran instalar en una parcela/huerto intermedia, es decir, el usuario deberia de disponer de 3 parcelas y la instalacion se ubicaria en la parcela central.
Solo serán para uso diurno. Teniendo que estar desalojadas a la hora del cierre de las instalaciones.


En caso de disponer de 1 Huerto:

- El uso del Primer Huerto será exclusivamente el cultivo agrícola de hortalizas, flores y frutas, y la producción de plantas ornamentales, hortícolas y forestales, quedando expresamente prohibida cualquier otra actividad, incluidos la venta de productos, el almacenaje de cualquier tipo o la instalación o construcción de cualquier obra de fábrica.
Se podrá montar un gallinero o vallar el huerto siempre que el centro le de el visto bueno ya que debera de instalarse ambas con la seguridad de que roedores u otros animales no acudan al centro en busca de comida (pienso y demas...  ( minimo 4 gallinas )



En caso de disponer de 2 Huertos Colindantes o no :

- El uso del Primer Huerto será exclusivamente el cultivo agrícola de hortalizas, flores y frutas, y la producción de plantas ornamentales, hortícolas y forestales, quedando expresamente prohibida cualquier otra actividad, incluidos la venta de productos, el almacenaje de cualquier tipo o la instalación o construcción de cualquier obra de fábrica.
Se podrá montar un gallinero o vallar el huerto siempre que el centro le de el visto bueno ya que debera de instalarse ambas con la seguridad de que roedores u otros animales no acudan al centro en busca de comida (pienso y demas...  ( minimo 4 gallinas )

El uso del Segundo Huerto se podrá usar rigiéndose con las condiciones del Primer Huerto.


En caso de disponer de 3 Huertos Colindantes:

- El uso del Primer Huerto será exclusivamente el cultivo agrícola de hortalizas, flores y frutas, y la producción de plantas ornamentales, hortícolas y forestales, quedando expresamente prohibida cualquier otra actividad, incluidos la venta de productos, el almacenaje de cualquier tipo o la instalación o construcción de cualquier obra de fábrica.


El uso del Segundo Huerto se podrá usar como huerto rigiéndose con las condiciones del Primer Huerto o como Hospedaje diurno para la instalación de casetas desmontables, carpas, barbacoas, sillas, zona de descanso, almacén de herramientas propias.


El uso del Tercer Huerto se podrá usar como huerto rigiéndose con las condiciones del Primer Huerto.


4. El tipo de agricultura a practicar será ecológica, estando expresamente prohibido el uso de productos fitosanitarios y fertilizantes químicos de síntesis.

5. No está permitida en los huertos la crianza de ningún tipo de animal que no sean gallinas, ni la plantación de árboles que formen seto o priven del sol a los huertos vecinos.

6. El huerto será asignado a un único titular. Solo se podrán acceder al él un número máximo de 4 personas, o más siempre y cuando sean del mismo núcleo familiar (véase libro de familia). La persona que vallan a acceder al huerto privado deberán quedar reflejados en el contrato para tener un control de acceso.

7. Está absolutamente prohibido el uso del huerto como residencia nocturna.

Solo se podrá estar como estancia temporal en el horario en el que este abiertos los Huertos de Jaén al público, y solo se podrá usar esta estancia como zona de descanso de las labores del campo, no como residencia fija.

8. Queda prohibido el uso de fuego en toda la finca salvo barbacoas previamente autorizadas por LOS HUERTOS DE JAÉN.

9. Queda prohibido hacer barbacoas dentro de la finca a excepción de las zonas comunes habilitadas a tal efecto y en el huerto intermedio, en el caso de tener 3 huertos colindantes, ( Habrá que pedir consentimiento al centro antes de de instalar)

10. Queda prohibido instalar cualquier tipo de valla o elemento de separación con los huertos vecinos que no sea validado por Los Huertos de Jaén.

11. Queda prohibido hacer segregaciones o subdivisiones de las parcelas, se deberán respetar los márgenes y señalizaciones establecidas en origen.

12. En todo momento, los usuarios deben comportarse de manera respetuosa no solo con el medio ambiente, sino con sus vecinos y el personal. Deberá hacerse siempre un uso responsable del agua, así como de otros recursos naturales implicados en el proceso productivo.

13. Queda prohibido dejar libres perros o cualquier otro animal dentro del espacio, a fin de evitar molestias al resto de usuarios.

Se podrán llevar sus mascotas siempre y cuando sea durante la hora de apertura, nunca dejarlos de noche, y tenerlos en los huertos adquiridos o bien atados con seguridad o libres, siempre y cuando los huertos donde vallan a estar estén perfectamente vallados sin peligro de escapar.

14. Solo se permitirá aparcar los coches en la zona habilitada para ello.

15. La dirección pondrá los medios para establecer y mantener en lo posible, un elevado grado de seguridad, pero en ningún caso se responsabilizará de robos ni pérdida de herramientas o cultivos.

 

El incumplimiento de cualquiera de las normas podría comportar la resolución automática del contrato.

 

ÓRGANOS DE GESTIÓN

Los huertos son de iniciativa privada y son explotados comercialmente por la empresa “José Manuel Martínez Bayo” que ostenta la propiedad, la titularidad de clientes, así como contratos y resto de activos.

La dirección del espacio, así como la responsabilidad última en la toma de decisiones recae en su personal que intentará desempeñar su función a beneficio de los usuarios y de la perpetuación de su actividad.

Los clientes están representados por el consejo de usuarios que es una agrupación de 6 miembros sin vinculación accionarial ninguna con la empresa cuyo objetivo es participar en la toma de decisiones y funcionar como nexo de unión entre dirección y usuarios transmitiendo las quejas, las demandas, así como las ideas en ambos sentidos.

Sólo se puede acceder por invitación y su membresía está restringida a personas que hayan sido usuarios por un período superior a 2 años. Ser miembro del consejo es voluntario y no genera obligación de permanencia ni se obtiene beneficio o remuneración alguna.

El incumplimiento de cualquiera de las normas podría comportar la resolución automática del contrato.

 

1.HORARIO Y ACCESO A LAS INSTALACIONES

Las instalaciones se hallan protegidas por un cercado perimetral y el acceso es restringido.

1. El acceso a las instalaciones será exclusivamente durante el horario de apertura que se detalla a continuación:

Horario de Invierno (1 de octubre a 31 de marzo)

Lunes a Domingo

Mañana Tarde 9h a 18h

Horario de Verano (1 de abril a 31 de septiembre)

Lunes a Domingo

Mañana Tarde 8h a 22h

 

2. Los usuarios no podrán permanecer en las instalaciones fuera de este horario.

3. Los usuarios deberán empezar a recoger 15 minutos antes de la hora de cierre para que el personal pueda cerrar puntualmente a la hora establecida.

4. Excepcionalmente se podrá acceder al recinto fuera de estos horarios en el caso de eventos organizados y autorización previamente comunicados por la dirección.

5. El horario podrá ser alterado sin previo aviso dependiendo de las condiciones climatológicas. Ante cualquier duda recomendamos llamar y preguntar antes de venir.

6. Este horario se mantendrá siempre actualizado en la web www.loshuertosdejaen.com

El incumplimiento de cualquiera de las normas podría comportar la resolución automática del contrato perdiendo así la fianza.

 

2.MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES.

1. Los usuarios de las parcelas deberán mantener las mismas y sus instalaciones en perfectas condiciones de funcionamiento.

2. La zona de huertos contará con unos servicios comunes para los usuarios cuyo mantenimiento estará a cargo del personal debiendo hacer los usuarios un uso correcto de los mismos ( El usuario debera de dejar limpia de residuos y tal como estaba la zona comun despues de su utilización ).

3. El usuario queda obligado a reparar o reponer aquellos bienes, equipos o herramientas que resultaren dañados o averiados en caso de mal uso.

 

3.OBLIGACIONES EN CUANTO A LABORES Y CULTIVOS.

1. En cuanto a la limpieza de las parcelas estas deberán estar limpias y cuidadas durante el período del alquiler, el usuario podrá no plantar si así lo desea, pero aún en este caso será obligatorio mantener la parcela libre de malas hierbas. En caso de no ser así será avisado por correo electrónico o vía WhatsApp para subsanarlo, en caso que siga sin proceder a la limpieza será realizada por nuestro personal y se facturará a razón de 20€/hora.

2. Si durante la limpieza de la parcela o mientras removemos la tierra encontramos piedras no las debemos depositar ni el camino ni en los huertos vecinos para evitar que puedan ser proyectadas a alta velocidad durante las tareas de mantenimiento con herramientas tales como desbrozadoras o cortacésped. La manera correcta de proceder en tal caso será solicitar una caja y depositarlas en ella para que puedan ser retiradas posteriormente de forma limpia y segura.

 

4.RIEGOS Y EL CONSUMO DE AGUA

1. En todo momento del año se deberá hacer un uso responsable del agua. El usuario se compromete a respetar, y controlará el volumen total del agua consumido.

2. El agua es un bien común que debe utilizarse responsablemente. El uso del agua para regar los cultivos es gratuito, sin embargo, la propiedad de la finca se reserva el derecho a instaurar en el futuro una cuota simbólica por riego efectuado en el caso de estimar que no se hace un uso correcto de este recurso.

3. Queda terminantemente prohibido el cultivo de césped ornamental y de cualquier especie ornamental de altas exigencias hídricas. Si se desean emplear cultivos ornamentales deberán estar adaptados a la climatología de la zona, y ser de bajo consumo hídrico.

 

5.OBLIGACIONES EN CUANTO A LA GESTIÓN DE RESIDUOS

1. Para deshacerse de restos vegetales no se emplearán las quemas bajo ningún concepto, ni se arrojarán a los huertos vacíos si los hubiere, las zonas comunes o el resto de la finca. Las instalaciones disponen de una zona para el compostaje de restos vegetales.

2. Los demás residuos o resto de cualquier tipo que generemos debemos depositarlo en las papeleras y cubos que están repartidos por las instalaciones.

3. Si el residuo que pretendemos desechar excede las dimensiones de la papelera o la misma ya se encuentra al tope de su capacidad deberemos llevárnoslo y depositarlo en un contender de residuos público, no lo depositaremos en el suelo, el material de desperdicio generado es en última instancia responsabilidad de cada uno.

 

 

 

6.ZONA DE COMPOSTAJE

1. Existe una zona habilitada a tal fin dentro del perímetro de las instalaciones, en ella se podrán depositar únicamente los restos vegetales generados por la actividad de cultivo, está prohibido por tanto el vertido de plásticos, papeles, piedras, macetas, maderas, metales y en general cualquier otro producto.

2. La zona de compostaje está claramente delimitada por un vallado perimetral con una puerta de acceso a la zona cercada.

3. Al depositar los residuos los apilaremos sobre los ya existentes evitando obstaculizar los pasadizos y la puerta de acceso.

 

7.HERRAMIENTAS Y UTILLAJE DE USO COMÚN

 Se pone a disposición carretillas se devolverán limpias y sin restos que deberán haber sido depositados en la zona habilitada para el compostaje.

 

8.LÍMITES, DISPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LAS PARCELAS.

 

El incumplimiento de cualquiera de las normas podría comportar la resolución automática del contrato

1. Todas y cada una de las parcelas se entregarán delimitadas en superficie.

2. Los límites no podrán ser alterados ni modificados de ninguna forma.

3. Al plantar deberemos establecer y respetar un margen mínimo de 30 centímetros de separación respecto al límite de nuestra parcela a fin de no molestar al vecino ni invadir de ninguna forma los caminos.

4. Es importante comprender que nuestro espacio particular se limita a nuestra parcela de cultivo, los caminos, parterres, bancos y demás elementos que conforman las instalaciones son de uso común y público por lo que está prohibido depositar absolutamente nada fuera de los límites de nuestra parcela : las cañas, herramientas y cualquier otra pertenencia que tengamos deben situarse dentro del perímetro de nuestra parcela incluidos los baúles salvo algunas excepciones y siempre que se solicite autorización previa.

5. No se permite utilizar plásticos, papel, o cartón ni latas metálicas como ahuyentadores para pájaros, pero se podrá utilizar mallas de plástico de color verde específicamente diseñadas para el control de plagas.

 

9.COMPORTAMIENTO Y CIVISMO.

1. La finalidad última de este proyecto es proveer de un espacio donde pasar un rato agradable y distendido de modo que evitaremos situaciones de conflictividad entre vecinos y con el personal.

2. El trato deberá ser agradable y cordial en todo momento y las quejas si las tenemos deberán trasladarse de una forma adecuada y correcta.

3. La dirección se reserva libremente el derecho de expulsar durante una semana a cualquier usuario si estima que su comportamiento o su actitud es incompatible con el funcionamiento general o por el incumplimiento grave de alguna de las normas aquí establecidas como medida sancionadora sin que por ello deba justificar o compensar de forma alguna al usuario.

4.Por supuesto, no se permiten cultivos prohibidos, ni realizar actividades molestas, nocivas o insalubres.

5. Queda prohibido el uso de equipos de sonido, ya que podriamos aterar la tranquilidad de otros usuarios, pudiendo hacer uso de auriculares.

El centro se reserva el derecho de tener equipo de sonido y altavoces en las zonas comunes.

6. La dirección se reserva así mismo el derecho de expulsar de forma definitiva a cualquier usuario perdiendo este todos los derechos que tenga sobre la parcela y sus cultivos sin que por ello tenga derecho a indemnización o compensación alguna de cualquier tipo en los siguientes supuestos:

a. En caso de agresión física o verbal a los demás usuarios o al personal.

b. En el caso que se constate el atentado contra las pertenencias de otra persona o en caso de robo de cualquier tipo a otro usuario o al personal, cualquier usuario visto en un huerto que no es el suyo o robando la cosecha de otra persona se considerará una infracción muy grave de este reglamento y se le dará un primer aviso, si persiste en su comportamiento la siguiente medida será la expulsión definitiva sin derecho a compensación alguna.

La expulsión definitiva de cualquier persona podrá ser refrendada por votación en mayoría simple de los usuarios con derecho a voto y representados en el consejo de usuarios, aunque su postura no sea vinculante.

 

10.USO DE LA BARBACOA

Cualquier cliente que cuente con una parcela puede hacer uso de la barbacoa solicitandola previamente al centro.

1. El fuego puede hacerse únicamente mediante carbón vegetal, no se permite utilizar leña.

2. Hay que limpiar cualquier cosa que se haya ensuciado y los restos generados tales como restos de comida, envoltorios, latas, etc. ... deberán ser retirados por el cliente por sus propios medios ya que no está permitido dejarlos en los contenedores de uso común del huerto.

3. El uso de las barbacoas comunes es gratuito y está pensado para que la disfrutes con tu familia, pero no se permite utilizar el espacio con otros fines.

4. En verano su uso puede verse restringido por orden de la administración local con motivo de prevención de incendios en épocas de especial riesgo.

5. Para ser usada deberá ser antes reservada, así mismo si por el motivo que fuere no se podrá hacer uso de la reserva deberá ser comunicado lo antes posible para ceder el turno a otra persona.